DERECHO ADMINISTRATIVO Y DEFENSA DEL MENOR

Es un organismo público de la Generalitat de Cataluña. Se encarga de la protección de menores en situación de riesgo o desamparo.

DGAIA / DGPPIA puede asumir la tutela de un menor cuando determina que se encuentra en una situación de desamparo y riesgo, es decir, cuando:

  • Existe maltrato físico, psicológico o sexual.
  • Existe abandono o negligencia grave (por ejemplo, falta de alimentación, atención médica o educación).
  • Hay riesgo grave para la integridad física o emocional del menor.
  • Los progenitores están incapacitados o ausentes y no pueden ejercer su responsabilidad.
  • Sí, puede quitar la tutela de un hijo y asumirla temporalmente en casos urgentes mediante una resolución administrativa de desamparo.
  • Pero esa decisión puede ser recurrida por la familia ante el Juzgado, debiendo un juez confirmar, modificar o revocar la medida.

Cuando DGAIA asume la tutela, puede:

  • Ingresar al menor en un centro.
  • Que viva con una familia acogedora (familia extensa o terceros)
  • Otras medidas protectoras según el caso.
  • Solicitar una revisión del caso.
  • Presentar alegaciones o pruebas de que han mejorado las condiciones
    familiares.
  • Trabajar de forma conjunta con la Administración
  • OPONERSE JUDICIALMENTE a la resolución de desamparo.
  • Recurrir las resoluciones

Si te encuentras ante una apertura de expediente de riesgo o con una resolución administrativa de retirada es urgente que contactes con un abogado especialista en Defensa del Menor en Sabadell (Barcelona), te puedo ayudar en este proceso para que comprendas las opciones que tienes y acciones a realizar.

PIDE TU CITA